POR SEGUNDA OCASIÓN, MAGISTRADOS DEL TSJ REVOCARON LA NO VINCULACIÓN QUE UN JUEZ CONCEDIÓ A TRES EX FUNCIONARIOS DE LA PASADA ADMINISTRACIÓN ESTATAL

POR SEGUNDA OCASIÓN, MAGISTRADOS DEL TSJ REVOCARON LA NO VINCULACIÓN QUE UN JUEZ CONCEDIÓ A TRES EX FUNCIONARIOS DE LA PASADA ADMINISTRACIÓN ESTATAL

 

• Magistrados del Segundo Circuito Judicial resolvieron nuevamente vincular a proceso a tres ex funcionarios de la pasada administración estatal

• Están relacionados con el pago de más de 13 millones 800 mil pesos, a una empresa para la construcción de una planta valorizadora, que fue entregada incompleta

 

 

Por segunda ocasión, magistrados del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) revocaron la no vinculación que un juez concedió a tres ex funcionarios de la pasada administración estatal, imputados por el delito de Ejercicio Indebido del Servicio Público, ya que presuntamente fueron omisos en su actuar, ya que pagaron más de 13 millones 800 mil pesos, a una empresa para la construcción de una planta valorizadora, que fue entregada sólo con un 40% de avance. 

 

En cumplimiento de una ejecutoria de amparo y por segunda ocasión, magistrados del TSJ resolvieron por mayoría, revocar la no vinculación a proceso y dictar auto de vinculación a proceso contra Einar “N” ex secretario de Desarrollo Sustentable, Sergio “N” ex subsecretario de Obras y José “N” ex Director General de Licitaciones de la Secretaría de Obras, relacionados con la investigación asentada en la carpeta de investigación FECC/150/2018.

 

Debido a que en diciembre del 2019, el TSJ ya había revocado la no vinculación de los ex funcionarios estatales antes mencionados, la defensa de éstos promovió un amparo, pero hoy 27 de octubre de 2020, los magistrados de la sala del Segundo Circuito Judicial resolvieron nuevamente vincular a proceso a los tres ex servidores públicos de alto nivel.

 

Como se recordará, presuntamente, los imputados teniendo conocimiento -por razón de sus cargos- que pudieran verse afectados los intereses del Estado, no evitaron la contratación de la empresa AFI Construcciones, la cual, no tenía capacidad técnica ni financiera para realizar una planta valorizadora de residuos sólidos en un predio de Yautepec que es susceptible a inundarse, además que aprobaron el total del pago, sin que la constructora entregara completo el trabajo.

 

Incluso, presuntamente expidieron un documento en el que liberan a la empresa de cualquier responsabilidad, lo cual sucedió después de haberles pagado la totalidad del costo de la obra.

 

De acuerdo con el artículo 20 constitucional, toda persona imputada tiene derecho "A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa".