LA FISCALÍA ANTICORRUPCIÓN LOGRÓ VINCULACIÓN A PROCESO POR ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO, EJERCICIO ILÍCITO DEL SERVICIO PÚBLICO Y RESISTENCIA DE PARTICULARES, CONTRA EL EX TESORERO DEL AYUNTAMIENTO DE TLALNEPANTLA

LA FISCALÍA ANTICORRUPCIÓN LOGRÓ VINCULACIÓN A PROCESO POR ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO, EJERCICIO ILÍCITO DEL SERVICIO PÚBLICO Y RESISTENCIA DE PARTICULARES, CONTRA EL EX TESORERO DEL AYUNTAMIENTO DE TLALNEPANTLA

Luego de que la Fiscalía Anticorrupción detuviera en flagrancia al Tesorero Municipal de Tlalnepantla en posesión de más de 200 mil pesos –los cuales no pudo comprobar su procedencia-, documentos del Ayuntamiento, recibos de pago y sellos oficiales; este miércoles 22 de septiembre, un Juez vinculó a proceso a Juan Carlos "N" por los delitos de Enriquecimiento Ilícito, Ejercicio Ilícito del Servicio Público y Resistencia de Particulares.

Al valorar los contundentes datos de prueba y la sólida argumentación presentadas por el agente del Ministerio Público, un Juez determinó que hubo conducta dolosa e intencional por parte del ex funcionario, quien fue detenido en flagrancia.

Al analizar los datos de prueba, el Juez resolvió que Juan Carlos "N” incurrió en Enriquecimiento Ilícito, ya que no pudo comprobar la procedencia del dinero asegurado en su domicilio, en tanto, que también había recibos de pago por casi medio millón de pesos.

En tanto, de acuerdo al Juez; Juan Carlos "N” incurrió en Ejercicio Ilícito del Servicio Público, ya que sólo estudió hasta la educación secundaria, y para ocupar el cargo debió haber contado con título universitario, esto lo señala la fracción IV del artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos.

Además, debido a que al momento de ser detenido, el ex Tesorero Municipal de Tlalnepantla, opuso resistencia y comenzó a gritar que llamaría al pueblo para que lincharan al personal de la Fiscalía Anticorrupción, el Juez decidió también vincularlo por Resistencia de Particulares.

El Juez otorgó tres meses para la investigación complementaria y quedaron vigentes las medidas cautelares impuestas desde la primera audiencia, las cuales son: suspensión temporal del cargo, prohibición de salir del país, no acercarse al Ayuntamiento ni a los testigos, así como tampoco comunicarse con ellos; además debe acudir de manera quincenal a firmar a la Unidad de Medidas Cautelares (UMECA).

De acuerdo con el artículo 20 constitucional, toda persona imputada tiene derecho «A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa».